PLAN MOVES - DECLARACIÓN DE LA RENTA 2025
Plan MOVES y deducciones IRPF en la Renta 2025: guía completa para tu coche eléctrico y cargador
¿Hay que declarar el Plan MOVES III en la declaración de la renta?
Sí. Si recibiste una subvención del Plan MOVES III en 2025 —ya sea por comprar un coche eléctrico o por instalar un punto de recarga—, debes incluirla en la declaración de la Renta 2025.
Las ayudas del Plan MOVES III tributan como ganancias patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales. Esto significa que el importe recibido se añade a tu base imponible general y tributa según tu tramo del IRPF.
Lo importante es cuándo la cobraste, no cuándo la solicitaste ni cuándo compraste el vehículo: si la transferencia del Plan MOVES llegó a tu cuenta en 2025, la declaras en la Renta 2025. Si llegó en 2024, ya debería estar declarada.
No incluirla puede generar requerimientos de la Agencia Tributaria, ya que Hacienda cruza estos datos con los registros de ayudas públicas.
Fechas clave para la Renta 2025
Estas son las fechas más importantes que debes tener en cuenta para la campaña de la renta correspondiente al ejercicio 2025:
- 9 de abril de 2026: inicio del plazo para presentar la declaración
- Junio de 2026: fin del plazo general de presentación
- 25 de junio de 2026: límite para domiciliaciones bancarias con resultado a ingresar
Si recibiste la ayuda del Plan MOVES durante 2025, deberás incluirla en la declaración presentada en 2026.
Cómo declarar el Plan MOVES III paso a paso en Renta Web
La Agencia Tributaria suele incluir estas ayudas automáticamente en el borrador si la comunidad autónoma ha comunicado los datos, pero siempre conviene verificarlo.
- Accede a tu borrador en la web de la Agencia Tributaria o en la App Renta.
- Localiza el apartado de ganancias patrimoniales. Las ayudas del Plan MOVES se declaran en el apartado «Ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales».
- Casilla correcta: para contribuyentes que no realizan actividad económica, la subvención se refleja en la casilla 0301 — «Demás ganancias patrimoniales derivadas de las ayudas públicas».
- Importe a declarar: el importe total de la ayuda que recibiste en 2025. Si recibiste tanto la subvención por el vehículo como la del cargador, debes incluir ambas.
- Verifica el borrador: comprueba que el importe coincide con lo que realmente cobraste. Si no aparece en el borrador pero sabes que lo cobraste, añádelo manualmente.
Importante
Esta guía tiene carácter informativo. Para cualquier duda específica sobre tu situación fiscal, consulta con un asesor fiscal o con la Agencia Tributaria directamente.
Además del MOVES: deducción del 15% del IRPF por comprar un coche eléctrico
Declarar la subvención del Plan MOVES es una obligación — aumenta lo que pagas. La deducción del 15 % por compra de VE, en cambio, es un beneficio fiscal que reduce tu cuota a pagar. Son cosas distintas y son compatibles.
Si compraste un vehículo eléctrico enchufable o de pila de combustible en 2025, puedes aplicar una deducción del 15 % del valor de adquisición en la Renta 2025.
Los límites son:
- Base máxima de deducción: 20.000 € (precio del vehículo más gastos y tributos, menos las cantidades subvencionadas)
- Deducción máxima: 3.000 €
Cómo se combinan la subvención del MOVES y la deducción del 15 %
Este es el punto que más confusión genera, así que lo explicamos con un ejemplo:
Ejemplo: coche eléctrico con un precio de compra de 32.000 € (sin IVA ni gastos), con 4.500 € de subvención del Plan MOVES.
- Precio de compra: 32.000 €
- Menos subvención MOVES: − 4.500 €
- Base de la deducción: 27.500 € → se aplica el tope de 20.000 €
- Deducción del 15 %: 20.000 € × 15 % = 3.000 € (máximo)
La subvención que declaraste como ganancia patrimonial (y que supone un coste fiscal) queda compensada en buena parte por esta deducción. Cuanto mayor sea el precio del vehículo, más probable es que llegues al tope de 3.000 €.
Requisitos principales:
- El vehículo debe estar matriculado por primera vez en España antes del 31 de diciembre de 2025
- No debe estar afecto a una actividad económica
- El precio no puede superar el importe máximo establecido en la normativa del programa de ayudas vigente en el momento de la matriculación (para turismos eléctricos, 54.450 € con IVA)
Deducción del 15 % del IRPF por instalar un cargador en casa
Si instalaste un punto de recarga en tu vivienda y la instalación finalizó antes del 31 de diciembre de 2025, tienes derecho a aplicar una deducción del 15 % del coste de la instalación en la Renta 2025.
Esta es la última campaña en la que se puede aplicar esta deducción — la normativa la limitaba a instalaciones finalizadas hasta el 31 de diciembre de 2025.
Los datos según la Agencia Tributaria:
- Base máxima: 4.000 € (cantidades pagadas desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025, sin contar las subvencionadas por el Plan MOVES)
- Deducción máxima: 600 € (15 % de 4.000 €)
- Período: se aplica en el ejercicio en que finalizó la instalación
El coste deducible incluye el equipo, los materiales, la mano de obra y las obras necesarias para la instalación.
Cómo cumplimentarlo en Renta Web
En Renta Web, esta deducción se encuentra en el mismo apartado que la deducción por compra de VE. Necesitarás:
- El NIF del instalador (por ejemplo, Wenea)
- La fecha de finalización de la instalación
- El importe pagado (excluyendo la subvención del Plan MOVES si la recibiste)
- La referencia catastral del inmueble donde está instalado el cargador
Requisitos principales:
- Debes ser propietario del inmueble donde se ha instalado el cargador
- El inmueble no puede estar afecto a una actividad económica
- El pago debe haberse realizado por medios bancarios (tarjeta, transferencia, cheque nominativo) — no en efectivo
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Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no declaro la ayuda del Plan MOVES?
La Agencia Tributaria cruza los datos de ayudas públicas con las declaraciones presentadas. Si la omites, puedes recibir una liquidación paralela con los importes correspondientes más intereses de demora, y en algunos casos sanciones. Si tu borrador ya la incluye y la eliminas manualmente, el riesgo es mayor.
¿Puedo deducirme el cargador si vivo de alquiler?
No. La deducción por instalación de cargador solo aplica a propietarios del inmueble. Si pagas tú la instalación pero el piso es de alquiler, no puedes aplicar la deducción aunque tengas la autorización del propietario.
¿La deducción del 15 % por el coche aplica si lo compré con financiación?
Sí. El método de pago no afecta al derecho a la deducción. Lo que sí hay que tener en cuenta es que si recibiste una subvención del Plan MOVES, debes restarla de la base antes de calcular el 15 %.
¿Puedo deducir el cargador instalado en el garaje comunitario?
Sí, siempre que seas propietario de la plaza de garaje y el inmueble (la plaza) no esté afecto a actividad económica. La referencia catastral a usar es la de tu plaza, no la del edificio.
¿Son compatibles la deducción por el coche y la del cargador?
Sí. Si en 2025 compraste un coche eléctrico y también instalaste un cargador, puedes aplicar ambas deducciones en la misma declaración. Son independientes y acumulables.